NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD: Se siguen ignorando
No se hace la más mínima referencia a los Certificados de Profesionalidad pese a que existen en el texto 7 menciones a la "cualificación", 3 a la "competencia" en su acepción de competencia profesional y 22 a la "formación".
A lo más que se aproxima el asunto, en cuanto a puesta en valor de las cualificaciones de que dispongan las personas contratadas en la negociación colectiva, es la referencia en el apartado 2 "Contratación de jóvenes", del capítulo II denominado "Impulsar el empleo de calidad y con derechos" es a:
- Fomentar que en la contratación y/o promoción profesional de personas jóvenes se tengan en cuenta sus cualificaciones académicas, profesionales o experiencia laboral o profesional, a fin de ofrecerles puestos adecuados a las mismas.
Vaga referencia esta, a mi juicio, que permite contratar o mantener en los puestos de trabajo a las personas sin que se valore a la hora de promocionar, laboral y económicamente, su competencia profesional, su dedicación formándose para desarrollar mejor sus tareas en los puestos de trabajo.
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